Registro de Martilleros Públicos


Importante: Leer antes de enviar la solicitud


La documentación requerida para la inscripción en el registro deberá presentarse en estricto cumplimiento de los plazos de vigencia establecidos, según corresponda. Los documentos vencidos o que no acrediten la vigencia exigida no se considerarán presentados.

A continuación, le presentamos los requisitos, inhabilidades y documentación necesaria para ejercer la actividad de martillero por cada tipo:

I. Personas Naturales

Las personas naturales que deseen inscribirse en el Registro de Martilleros deberán cumplir con lo siguiente:

a) Requisitos
  • Ser chileno o extranjero con permanencia definitiva en Chile
  • Haber aprobado el ciclo de enseñanza media o acreditar estudios equivalentes.
  • Contar con un capital propio de un monto igual o superior a 1.500 UF.
b) Inhabilidades. No podrán desempeñarse como martillero las siguientes personas:
  • Aquellos a quienes se les hubiere cancelado su inscripción en el Registro Nacional de Martilleros.
  • Los menores de edad.
  • El deudor en un procedimiento concursal de liquidación vigente.
  • El que sea deudor en un procedimiento de liquidación concursal por su actividad de martillero.
  • El que hubiere sido condenado por crimen o simple delito que merezca pena aflictiva, mediante resolución ejecutoriada.
c) Documentación necesaria
  • Copia por ambos lados de la cédula nacional de identidad vigente. En el caso de extranjeros, el respectivo certificado de permanencia definitiva en Chile.
  • Certificado de estudios MINEDUC (licencia de enseñanza media) que acredite haber aprobado el ciclo de enseñanza media o acreditar estudios equivalentes u otro que contenga un medio de verificación en línea (máximo 30 días de antigüedad). No se considerarán títulos obtenidos en estudios de educación superior.
  • Estado de situación o balance visado por un contador, con el objeto de comprobar el capital propio, pagado y de reservas (máximo 30 días de antigüedad).
  • Certificado de deudas emitido por la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) respecto de las deudas consignadas a nombre del solicitante (máximo 30 días de antigüedad).
  • Certificado de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento que acredite que el solicitante no se encuentra sometido a un procedimiento concursal de liquidación vigente ni tiene la calidad de deudor en un procedimiento de liquidación por su actividad de martillero (máximo 30 días de antigüedad).
  • Certificado de antecedentes para fines especiales (máximo 30 días de antigüedad).
  • Antecedentes que acrediten un capital propio de un monto igual o superior a 1.500 UF. Para estos efectos se requiere remitir antecedentes que permitan demostrar la valorización del capital propio del solicitante (*).
II. Personas Jurídicas


Las sociedades que deseen inscribirse en el Registro de Martilleros deberán cumplir con lo siguiente:

a) Requisitos
  • Estar legalmente constituidas como sociedades.
  • Que el objeto único de la sociedad sea “Vender públicamente al mejor postor de toda clase de bienes corporales muebles”.
  • Contar con un capital propio de un monto igual o superior a 4.000 U.F.
b) Inhabilidades. No podrán ejercer la actividad de martillero, las sociedades en que la mayoría de sus directores o representantes legales estén inhabilitados de acuerdo con lo siguiente:
  • Que se les hubiese cancelado la inscripción en el Registro Nacional de Martilleros.
  • Ser menor de edad.
  • Ser deudor en un procedimiento concursal de liquidación vigente.
  • Ser deudor en un procedimiento de liquidación por su actividad de martillero.
  • Haber sido condenado por crimen o simple delito que merezca pena aflictiva, mediante resolución ejecutoriada.
c) Documentación necesaria
  • Certificado de vigencia de la sociedad y copia autorizada de la inscripción social en el Registro de Comercio del Conservador respectivo (máximo 30 días de antigüedad).
  • Copia autorizada de la inscripción en el Registro de Comercio de la constitución y/o de la modificación de la sociedad en la que conste: (1) que su único objeto es vender públicamente al mejor postor toda clase de bienes corporales muebles, (2) que su capital es igual o superior a 4.000 UF (máximo 30 días de antigüedad).
  • En caso de que la sociedad se encuentre inscrita en el régimen simplificado del Registro de Empresas y Sociedades, de la Ley 20.659, (Tu empresa en un día), debe presentar: (1) Certificado de estatuto actualizado en que conste que su único objeto es vender públicamente al mejor postor toda clase de bienes corporales muebles, (2) Certificado de anotaciones y (3) Certificado de vigencia de la sociedad (máximo 30 días de antigüedad).
  • Estado de situación o balance visado por un contador, con el objeto de comprobar el capital propio, pagado y de reservas (máximo 30 días de antigüedad).
  • Certificado de deudas emitido por la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) respecto de las deudas consignadas a nombre de la sociedad solicitante (máximo 30 días de antigüedad).
  • Certificados de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento que acredite que la sociedad solicitante no se encuentra sometida a un procedimiento concursal de liquidación vigente ni tiene la calidad de deudor en un procedimiento de liquidación por su actividad de martillero (máximo 30 días de antigüedad).
  • Antecedentes que acrediten un capital propio de un monto igual o superior a 4.000 UF. Para estos efectos se requiere remitir antecedentes que permitan demostrar la valorización del capital propio de la sociedad solicitante, lo cual se debe reflejar tanto en el estado de situación o balance como en el estatuto social (*)
  • Respecto de los miembros del directorio y representantes legales de la sociedad solicitante:
    • Copia cédula nacional de identidad vigente.
    • Copia autorizada de la escritura pública o certificado del Registro de Empresas y Sociedades en que conste la calidad de miembro del directorio o representante legal de la sociedad solicitante, (máximo 30 días de antigüedad).
    • Certificado de vigencia de los poderes de los miembros del directorio o representante legal de la sociedad, (máximo 30 días de antigüedad).
    • Certificado de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento que acredite que dichos directores o representantes legales no se encuentran sometidos a un procedimiento concursal de liquidación vigente ni tienen la calidad de deudor en un procedimiento de liquidación por su actividad de martillero, (máximo 30 días de antigüedad).
    • Certificado de antecedentes para fines especiales, (máximo 30 días de antigüedad).

III. Dependientes de sociedades


a) Requisitos
  • Ser chileno o extranjero con permanencia definitiva en Chile.
  • Haber aprobado el ciclo de enseñanza media o acreditar estudios equivalentes.
  • Que se encuentren inscritos en el Registro Nacional de Martilleros.
b) Inhabilidades
  • Aquellos a quienes se les hubiere cancelado la inscripción en el Registro Nacional de Martilleros.
  • Ser menor de edad.
  • Ser deudor en un procedimiento concursal de liquidación vigente.
  • Ser deudor en un procedimiento de liquidación por su actividad de martillero.
  • Los que hubieren sido condenados por crimen o simple delito que merezca pena aflictiva, mediante resolución ejecutoriada.
c) Documentación necesaria
  • Copia cédula nacional de identidad vigente.
  • Certificado de estudios MINEDUC que acredite haber aprobado el ciclo de enseñanza media o acreditar estudios equivalentes u otro que contenga un medio de verificación en línea (máximo 30 días de antigüedad).
  • Certificado de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento que acredite que el solicitante no se encuentra sometido a un procedimiento concursal de liquidación vigente ni tiene la calidad de deudor en un procedimiento de liquidación por su actividad de martillero (máximo 30 días de antigüedad).
  • Certificado de antecedentes para fines especiales (máximo 30 días de antigüedad).
  • *Cualquier antecedente que acredite el vínculo que mantiene el postulante con la sociedad (máximo 30 días de antigüedad).
  • Certificado de vigencia de los poderes de los miembros del directorio o representante legal de la sociedad (máximo 30 días de antigüedad).

* Respecto de los bienes con que se acreditará el capital exigido por ley, se deben adjuntar a su solicitud de inscripción de martillero público los documentos sustentatorios que se indican a continuación.

Es importante señalar que, para el cálculo del monto del capital propio, se le debe descontar la deuda directa informada por la Comisión para el Mercado Financiero, por lo que se deben adjuntar bienes suficientes para cumplir con el capital mínimo exigido.

  • Bienes inmuebles
    • Copia de la inscripción de dominio con vigencia o certificado de dominio vigente con copia de la inscripción, del registro de propiedad del Conservador de Bienes Raíces correspondiente (máximo 30 días de antigüedad).
    • Certificado de Hipotecas, Gravámenes y Prohibiciones (máximo 30 días de antigüedad).
    • Certificado de Avalúo Fiscal del presente semestre.
    • Tasación comercial de máximo un año de antigüedad (opcional). Permite considerar el valor de mercado del inmueble. En caso de que no se presente, se considerará el valor del avalúo fiscal.
  • Bienes muebles
    • Inventario valorado por un perito tasador (máximo 30 días de antigüedad).
    • Declaración jurada de que son de su exclusivo dominio (máximo 30 días de antigüedad).
  • Vehículos motorizados
    • Certificado de Inscripción (máximo 30 días de antigüedad).
    • Seguro Obligatorio de Accidentes Personales (SOAP) vigente.
    • Permiso de Circulación al día.
    • Tasación Fiscal del Vehículo obtenida del listado del Servicio de Impuestos Internos, publicado en la página electrónica de dicho Servicio, específicamente en el sitio web https://www4.sii.cl/vehiculospubui/#/searchtasacion..
      En el evento que un vehículo motorizado no figure en el señalado listado del Servicio de Impuestos Internos, es el director de Tránsito Municipal respectivo quien debe homologar el valor de tasación fiscal a uno de similares características, presente en los listados del referido Servicio, de acuerdo con lo establecido en el artículo 17, del Decreto Ley N°3.063, sobre Rentas Municipales.
  • Respecto de acciones de S.A abiertas o de cualquier otro emisor de valores inscritos en la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), bonos y demás valores mobiliarios:
    • Certificado otorgado por la respectiva entidad emisora de aquellos, la cual debe contener un medio de verificación (máximo 30 días de antigüedad).
  • Respecto de participación en sociedades
    • Si la sociedad se encuentra inscrita en el régimen general:
      • Certificado de vigencia de la sociedad (máximo 30 días de antigüedad).
      • Copia autorizada de la inscripción social en el Registro de Comercio del Conservador respectivo (máximo 30 días de antigüedad).
      • Certificado de accionista, para el caso de sociedades de capital (máximo 30 días de antigüedad).
    • Si la sociedad se encuentra inscrita en el Registro de Empresas y Sociedades(Tu empresa en un día):
      • Certificado de estatuto actualizado (máximo 30 días de antigüedad).
      • Certificado de vigencia (máximo 30 días de antigüedad).
      • Certificado de anotaciones (máximo 30 días de antigüedad).
      • Certificado de accionista para el caso de sociedades de capital (máximo 30 días de antigüedad).
  • Instrumentos de inversión financiera u otros instrumentos bancarios
    • Certificado o comprobante de la entidad correspondiente, con fecha y firma de un ejecutivo de la misma (máximo 30 días de antigüedad).

Solicitudes de inscripciones presentadas por terceros/mandatarios


Al enviar su solicitud, debe indicar nombres y apellidos del interesado y los del mandatario o apoderado, así como también el domicilio, correo electrónico y número de teléfono de contacto, para efectos de notificaciones.

Se debe adjuntar a la presentación el poder que indique que dicho mandatario o apoderado posee las facultades necesarias para presentar la solicitud a nombre del interesado. El poder podrá constar en documento suscrito mediante firma electrónica. Se aceptará también aquel que conste por escritura pública o documento privado suscrito ante notario.


Normativas asociadas a Martilleros


  • Ley N° 18.118, que legisla sobre el Ejercicio de la Actividad de Martillero Público.

  • Decreto Supremo N°197, de 1985, Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que aprueba Reglamento de la ley N°18.118 sobre el Ejercicio de la Actividad de Martillero Público.

  • Ley N° 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.